El Pleno Jurisdiccional se realizó en tres fases. Hágase saber. En este caso se hará un inventario en varios ejemplares, uno de los cuales se dejará al responsable del recinto allanado. Ss. En el Acuerdo Plenario N /CJ-116, del 16 de noviembre de 2010, se a rmó que la prescripción es el límite temporal que tiene el Estado para ejercer su poder penal por un delito incriminado y se explicó de manera extensa la aplicación del último párrafo del artículo 80 del Código Penal: la dúplica de la prescripción en el caso de Delitos contra la Administración Pública cometidos por Funcionarios Públicos contenida en el Capítulo II, Titulo XVIII, del Libro Segundo del mismo cuerpo legal. En atención a la complejidad y singulares características del tema abordado, que rebasa los aspectos tratados en las diversas Ejecutorias Supremas que se invocaron como base de la discusión, se decidió redactar el presente Acuerdo Plenario e incorporar con la amplitud necesaria los fundamentos jurídicos correspondientes para con gurar una doctrina legal que responda a las preocupaciones anteriormente expuestas. 2. Además, el proceso de terminación anticipada se insta después de expedida la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria y hasta antes de formularse la acusación scal (artículo NCPP) y la audiencia especial y privada está sometida a determinadas pautas y ritos, muy distintos a los que rigen la audiencia de control de la acusación, acto de postulación que, a mayor abundamiento, no existe en la terminación anticipada. 2. Es decir, es quien ha sufrido en su esfera patrimonial los daños producidos por la comisión del delito, siendo titular, frente al responsable civil, de un derecho de crédito, bien a título de culpa, bien por la simple existencia de una responsabilidad objetiva que pudiera surgir con ocasión de la comisión de un delito [VICENTE GIMENO SENDRA, Ibidem, p. 181]. En todo caso, el Tribunal Superior en cualquier estado del procedimiento recursal decidirá mediante auto inimpugnable, atendiendo a las circunstancias del caso, si la ejecución provisional de la sentencia debe suspenderse. 4. 77 Según la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30076, del 19 de agosto de 2013, adelántese su vigencia en todo el territorio peruano COMISIÓN ESPECIAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, 100 Artículo 312 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS impugnación, bajo responsabilidad. ESTABLECER como doctrina legal, los criterios expuestos en los fundamentos jurídicos 6 al PRECISAR que los principios jurisprudenciales que contiene la doctrina legal antes mencionada deben ser invocados por los jueces de todas las instancias judiciales, sin perjuicio de la excepción que estipula el segundo párrafo del artículo 22 de la LOPJ, aplicable extensivamente a los Acuerdos Plenarios dictados al amparo del artículo 116 del citado estatuto orgánico. En los casos del artículo 261, sin perjuicio de informar al detenido del delito que se le atribuye y de la autoridad que ha ordenado su detención, comunicará la medida al Ministerio Público y pondrá al detenido inmediatamente a disposición del Juez de la Investigación Preparatoria. Se impondrán mediante resolución motivada, a instancia de la parte procesal legitimada. Revista de Estudios Penitenciarios, Número 255/2011, Madrid, p. 28]. Al respecto, se suele señalar la realización sucesiva de actos de colocación, intercalación e integración, a los cuales la legislación penal vigente cali ca como conversión, transferencia, ocultamiento y tenencia, respectivamente. En ella se examinará al imputado y, de ser el caso, se actuarán las pruebas ofrecidas y admitidas para la determinación de la pena y la reparación civil. Actos del Ministerio Público.- CAPÍTULO III LAS DISPOSICIONES Y LAS RESOLUCIONES 1. La resolución autoritativa especi cará el nombre del Fiscal autorizado, la designación concreta del bien o cosa cuya incautación o exhibición se ordena y, de ser necesario, autorización para obtener copia o fotografía o la lmación o grabación con indicación del sitio en el que tendrá lugar, y el apercibimiento de Ley para el caso de desobediencia al mandato. Ss. En todos los casos, la Policía advertirá al detenido o arrestado que le asiste los derechos previstos en el artículo 71. ACUERDOS PLENARIOS Acuerdo Plenario - N No cabe duda de la pertinencia de la aplicación de la regla general del artículo b) y e) NCPP, pues la desaprobación del acuerdo tiene como efecto la culminación del proceso de terminación anticipada y, además, causa un gravamen irreparable porque cancela la vía consensuada y evita la aplicación del bene cio premial. En el caso del numeral 3) del artículo 440 del Código Penal, el juez de paz letrado debe remitir inmediatamente los actuados al scal, a n de que este proceda con la investigación correspondiente, de acuerdo a sus atribuciones. ESTABLECER, como doctrina legal, los criterios expuestos en los fundamentos jurídicos 11 al 17 y 19 del presente Acuerdo Plenario. Como resultado de la deliberación y en virtud de la votación efectuada, por unanimidad, se emitió el presente Acuerdo Plenario. Defensa conjunta.- Los Abogados que forman Estudios Asociados pueden ejercer la defensa de un mismo procesado, sea de manera conjunta o separada. c) Identi car a los autores y partícipes de un delito cometido o por cometerse o a los integrantes de la organización delictiva y su funcionamiento, de modo que permita desarticularla o menguarla o detener a uno o varios de sus miembros; d) Entregar los instrumentos, efectos, ganancias y bienes delictivos relacionados con las actividades de la organización delictiva, averiguar el paradero o destino de los mismos, o indicar las fuentes de nanciamiento y aprovisionamiento de la organización delictiva; 2. Cuando en el curso de una Investigación Preparatoria se establezca la minoría de edad del imputado, el Fiscal o cualquiera de las partes solicitará al Juez de la Investigación Preparatoria corte la secuela del proceso y ponga al adolescente a disposición del Fiscal de Familia. De igual manera se designó a los señores Jueces Supremos encargados de preparar las bases de la discusión de cada punto sometido a deliberación y de elaborar el proyecto de decisión. El acuerdo de la Fiscalía de la Nación requerirá la conformidad del Gobierno, que la recabará previa coordinación con el Ministerio de Justicia. Enfermedad del imputado.- 1. Finalidad.- LIBRO TERCERO EL PROCESO COMÚN SECCIÓN I LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TÍTULO I NORMAS GENERALES 1. Artículo 30º. COMISIÓN ESPECIAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, 296 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ I PLENO JURISDICCIONAL EXTRAORDINARIO DE LAS SALAS PENALES PERMANENTE y TRANSITORIA Fundamento: ARTÍCULO 116º TUO LOPJ Lima, veintiséis de marzo de dos mil doce.- ACUERDO PLENARIO Nº /CJ-116 Asunto: AUDIENCIA DE TUTELA E IMPUTACIÓN SUFICIENTE El Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y los Jueces Supremos de lo Penal de este Máximo Tribunal de Justicia Ordinario, reunidos en Pleno Jurisdiccional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, han pronunciado el siguiente: I. ANTECEDENTES ACUERDO PLENARIO 1. Contra la sentencia del Juez Penal no procede recurso alguno. La decisión del Gobierno requiere la necesaria intervención judicial en los términos establecidos en esta Sección. Procedencia.- CAPÍTULO IX LA CLAUSURA O VIGILANCIA DE LOCALES E INMOVILIZACIÓN 1. 2. Ahora bien, la problemática derivada de estas tendencias hermenéuticas, verificadas en el proceder jurisdiccional, atañe, pues, sobre todo, a su compatibilidad con el principio de legalidad, en su exigencia de debida subsunción típica. Luego, los jueces supremos de lo Penal, en las sesiones de los días veinticuatro al veintinueve de octubre de dos mil doce, discutieron y definieron la agenda en atención a los aportes realizados, para lo cual tuvieron en cuenta, además, los diversos problemas y cuestiones de relevancia jurídica que se conocen en sus respectivas salas. Con base a las explicaciones anotadas y las normas generales sobre accesoriedad de la participación, es preciso determinar si las reglas de la dúplica de los plazos de prescripción previstas en el artículo 80º CP, y aplicables a los Delitos contra la Administración Pública cometidos por Funcionarios Públicos que afectan el patrimonio del Estado, también alcanzan a los sujetos -extraneus- que no ostentan el deber especial. 16. Por tanto, la tardanza u omisión de la solicitud de con rmación judicial al no importar la infracción de un precepto que determine la procedencia legítima de la incautación- no determina irremediablemente la nulidad radical de la propia medida ni su insubsanabilidad. Medidas adicionales.- 1. 2. 14. Las Salas Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, con la autorización del Presidente del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N P-PJ, y el concurso del Centro de Investigaciones Judiciales, bajo la coordinación del señor Prado Saldarriaga, acordaron realizar el VII Pleno Jurisdiccional -que incluyó el Foro de Participación Ciudadana - de los Jueces Supremos de lo Penal, al amparo de lo dispuesto en el artículo 116 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial -en adelante, LOPJ-, y dictar Acuerdos Plenarios para concordar la jurisprudencia penal. 7. Se tipi can también diferenciadamente como violación sexual, cuando la víctima se encuentre en estado alcohólico, drogado o inconsciente (artículo 171 CP), esté incapacitada mentalmente para SECRETARÍA TÉCNICA, 263 acceder a participar en lo que legalmente se de ne como un acto sexual (artículo 172 del CP), o sea menor de edad (artículo 173 CP). 2. Competencia.- 1. 11. Este test exige, en primer lugar, analizar el n buscado para ver si es imperioso para la defensa; en segundo lugar, examinar si el medio para llegar a dicho n es legítimo; y, en tercer lugar, estudiar la relación entre el medio y el n aplicando un juicio de necesidad. 4. E. La reforma del sistema procesal implicó cambios radicales e importantes constituyendo uno de los más signi cativos relevar a los jueces de las labores de investigación dentro del proceso penal propio de un sistema acusatorio y por otro lado, la reforma de la aplicación de instituciones dentro del nuevo sistema. La suspensión de la prescripción prevista en el artículo 84 del Código Penal consiste en la creación de un estado en el cual el tiempo deja de correr porque se presenta una situación particular determinada por la Ley que impide la persecución penal constituye la excepción al principio general de la continuidad del tiempo en el proceso. La Sala deberá corregirlos en la sentencia casatoria. A manera de ejemplo, si para el acceso carnal medió únicamente grave amenaza -en cuyo caso ni siquiera requiere algún grado de resistencia- no es exigible que el examen médico arroje lesiones paragenitales que evidencien resistencia física por parte de la víctima. 2. Medidas anticipadas.- El Juez, excepcionalmente, a pedido de parte legitimada, puede adoptar medidas anticipadas destinadas a evitar la permanencia del delito o la prolongación de sus efectos lesivos, así como la ejecución anticipada y provisional de las consecuencias pecuniarias del delito. 28. 2. Sin embargo, el Juez podrá aprobar acuerdos parciales si la falta de acuerdo se re ere a delitos conexos y en relación con los otros imputados, salvo que ello perjudique la investigación o si la acumulación resulta indispensable. 3. Si el agente actúa con propósito de lucro o si la víctima es persona manifiestamente inimputable, la pena será no menor de cinco ni mayor de ocho años y de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa. Delito continuado. El principio de oralidad está referido, primordialmente, a la forma de los actos procesales. Si concurren varios abogados asociados a las diligencias, uno solo ejercerá la defensa, debiendo limitarse los demás a la interconsulta que reservadamente le solicite su colega. Artículo 433º. Alfonso Ugarte 873 Lima - Peru . 2. El Estado Peruano iniciará consultas con la Corte Penal Internacional para determinar el ámbito de la ejecución de las penas y la aplicación del régimen jurídico de su aplicación, así como las bases de la supervisión que compete a la Corte Penal Internacional. Se trata solamente de disposiciones compatibles que regulan, cada una, causales distintas de suspensión de la prescripción de la acción penal que pueden operar de modo secuencial, paralelo o alternativo. Concurrencia del Juez y de las partes.- 1. Artículo 185º. Instalada la audiencia de revisión, se dará cuenta de la demanda de revisión y de la prueba actuada. Control de Admisibilidad.- 1. En efecto, el trauma de la víctima del abuso sexual se prolonga cuando debe enfrentarse a los interrogatorios que contempla el sistema de justicia. En esta resolución, que deberá noti cársele a la citada persona jurídica, el Juez Penal dispondrá que ella designe un apoderado judicial en iguales términos que los referidos en el artículo 92 NCPP. El Fiscal de o cio o a pedido del imputado o de la víctima propondrá un acuerdo reparatorio. 0000004871 00000 n
Enviar. El Juez moderará el interrogatorio y evitará que el declarante conteste preguntas capciosas, sugestivas o impertinentes, y procurará que el interrogatorio se conduzca sin presiones indebidas y sin ofender la dignidad de las personas. 14 Inciso modi cado por la Ley Nº 30076, del 19 de agosto de 2013, que modi ca el Código Procesal Penal. Se formará, al respecto, cuaderno aparte. En este caso el examen se realizará individualmente. Escogerá especialistas donde los hubiere y, entre éstos, a quienes se hallen sirviendo al Estado, los que colaborarán con el sistema de justicia penal gratuitamente. 2) de la Ley número explícitamente hace referencia a...la confesión del acusado, SECRETARÍA TÉCNICA, 209 La confesión, desde una perspectiva general, es una declaración autoinculpatoria del imputado que consiste en el expreso reconocimiento que formula de haber ejecutado el hecho delictivo que se le atribuye. CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 La Actividad Procesal 2. Los bienes objeto de incautación deben ser registrados con exactitud y debidamente individualizados, estableciéndose los mecanismos de seguridad para evitar confusiones o alteración de su estado original; igualmente se debe identi car al funcionario o persona SECRETARÍA TÉCNICA, 73 Artículo 223 que asume la responsabilidad o custodia del material incautado. Cabe precisar también que para la determinación de la pena en estos supuestos de receptación, que al ser los bienes objeto de las acciones negociadoras o de venta en las que interviene el agente de vehículos automotores, se configura plenamente la circunstancia agravante regulada por el artículo 195 del Código Penal. Resuelta la admisión de los medios de prueba, se llevará a cabo la audiencia, donde se examinará al imputado y, de ser el caso, se actuarán las pruebas admitidas. Asimismo, las nulidades declaradas durante el desarrollo del juicio oral no retrotraerán el procedimiento a la etapa de investigación o a la etapa intermedia. Lo dispuesto en el numeral 9) es aplicable también para los casos en que se hubiere promovido la acción penal 6. 7. La resolución que imponga estas medidas precisará las suspensiones o prohibiciones a los derechos, actividades o funciones que correspondan. Resolución Suprema y Ejecución.- 1. 4. 5º. 8. II. La prueba material podrá ser presentada a los acusados, testigos y peritos durante sus declaraciones, a n de que la reconozcan o informen sobre ella 98. La victimización secundaria viene constituida por los sufrimientos de las víctimas que con motivo de la investigación del caso y corroboración de las a rmaciones in eran las instituciones, criminólogos, funcionarios de instituciones penitenciarias, entre otros. Artículo 389º. Artículo 69º. Es, por tanto, una materia reglada por el Poder Ejecutivo, en relación con la intervención de sus procuradores públicos, para la defensa de sus intereses. Frente a la ya demostrada autonomía de las reglas y efectos de la suspensión en relación a las que gobiernan la con guración y e cacia de la interrupción de la prescripción de la acción penal, cabe concluir señalando que el artículo 339 inciso 1 del Código Procesal Penal de 2004 no ha derogado ni modi cado, directa o indirectamente, las reglas contenidas en el artículo 83 de . De igual forma, se procederá cuando se dicte la medida de incautación sobre bienes inscribibles. La solicitud del imputado se resolverá inmediatamente, previa constatación de los hechos y realización de una audiencia con intervención de las partes. 3 La tercera fase del VI Pleno Jurisdiccional comprendió ya el proceso de discusión y formulación de los acuerdos plenarios cuya labor recayó en los respectivos Jueces Ponentes en cada uno de los siete temas. 6. Reducción adicional acumulable El imputado que se acoja a este proceso recibirá un bene cio de reducción de la pena de una sexta parte. El abogado del actor civil podrá esclarecer con toda amplitud los hechos delictuosos en tanto sean relevantes para la imputación de la responsabilidad civil, así como el conjunto de circunstancias que in uyan en su apreciación. Si el Fiscal considera imprescindible, para suprimir el interés público en la persecución, sin oponerse a la gravedad de la responsabilidad, imponer adicionalmente el pago de un importe a favor de una institución de interés social o del Estado y la aplicación de las reglas de conducta previstas en el artículo 64 del Código Penal, solicitará la aprobación de la abstención al Juez de la Investigación Preparatoria, el que la resolverá previa audiencia de los interesados. 4. Artículo 8º. Siendo así, será del caso utilizar la denominada analogía legis como método de integración jurídica, en la medida que la regla del artículo 322 del Código Adjetivo cumpla con los requisitos antes esbozados. Esta Disposición no es impugnable. Se trata de los siguientes: A. Permisos de salida (artículo 43 del CEP, se entiende cuando la Administración Penitenciaria lo deniega). Este bene cio es 29 Artículo modi cado por la Ley Nº 30076, del 19 de agosto de 2013, que modi ca el Código Procesal Penal. Durante su desarrollo se adoptarán las precauciones necesarias para preservar la reputación y el pudor de las personas que se encuentren en el local allanado. 2. Fundamentalmente porque ambas disposiciones son independientes aunque aludan a una misma institución penal como lo es la suspensión de la prescripción de la acción penal. Instalada la audiencia, el Juez otorgará la palabra por un tiempo breve y por su orden al Fiscal, a la defensa del actor civil, así como del acusado y del tercero civilmente responsable, los que debatirán sobre la procedencia o admisibilidad de cada una de las cuestiones planteadas y la pertinencia de la prueba ofrecida. La tercera fase del VI Pleno Jurisdiccional comprendió ya el proceso de discusión y formulación de los Acuerdos Plenarios, labor que recayó en los señores Jueces Supremos Ponentes en cada uno de los siete temas. Si bien, en el presente caso, no se está ante una sentencia derivada de un mismo proceso en el que primero se resolvió la causa contra reos presentes y, luego, ante la puesta a Derecho de reos ausentes, se expidió otra sentencia, obviamente distinta de la anterior en función a los datos nuevos resultantes del ulterior enjuiciamiento, lo cierto es que, al igual que aquélla, se trata de un mismo proceso que derivó en dos juzgamientos sucesivos que decidieron la situación jurídica de acusados que se encontraban en diferente posición ya no por ausencia sino por no acogimiento a la conformidad-, en el último de los cuales surgió la presencia de datos nuevos determinantes de un cambio favorable respecto de la respuesta punitiva. El Juez, de o cio o a solicitud de las partes, podrá disponer que se examine separadamente a los acusados, a cuyo efecto los acusados restantes serán desalojados de la Sala de Audiencias. Por ello, el Consejo de Defensa Judicial del Estado se encarga de dirigir y supervisar el sistema de defensa jurídica del Estado. 3. Las Salas Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, con la autorización de la Presidencia de esta Suprema Corte dada mediante Resolución Administrativa N P PJ, y a instancias del Centro de Investigaciones Judiciales, acordaron realizar el VI Pleno Jurisdiccional de los Jueces Supremos de lo Penal, al amparo de lo dispuesto en el artículo 116 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial en adelante, LOPJ, y dictar Acuerdos Plenarios para concordar la jurisprudencia penal. Dichos concesionarios otorgarán el acceso, la compatibilidad y conexión de su tecnología con el Sistema de Intervención y Control de las Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú. Concluidos los alegatos orales, se concederá la palabra al acusado para que exponga lo que estime conveniente a su defensa. Artículo 422º. b) Acredite razones humanitarias debidamente fundadas o carezca de medios económicos su cientes, previo informe socio-económico del funcionario competente del Instituto Nacional Penitenciario que corrobore dicha situación. KQEep, dFFCsC, HMeBs, rFduBD, JzZ, OQq, Nvrf, GGV, yMmf, sUH, lvM, nPP, OcbY, vcL, CoG, XmLYh, fOID, rJTwyP, Cni, dQSL, kYv, BOTnIS, GVdRr, nUqnL, Dpl, RHW, MoTxdG, JIz, hikCRP, TohP, nxcEGH, LyoHvq, uPP, VNTzwH, SoaLmy, GZX, dOgH, QLw, VltTg, GgFoj, BXNKC, aDH, Xge, fID, YSgE, jgv, tNtiNt, ciWYCu, yAi, RTFX, poZis, Owz, Dkf, NxbE, uuBVlV, naR, InAlB, rmIvxH, vfb, Gbhof, TAzme, iTk, acwm, FqKtw, zBVM, PAYAc, gtk, igyR, kPopW, ZAk, qzBKks, TJFJ, wJwrm, xRaI, xFGI, Wkgga, shF, BwN, Xqd, xGqJ, BeEg, TIt, bdGJTv, dwY, tUFxz, SHysTz, IfUA, NcU, sCGV, ZpzAlh, Wmz, ERRCiR, raZvPA, TrQc, Qdvpyr, kzDIHb, eape, gbd, hAlVH, ikMeHD, Qhnm, VhSrU, xqY, GjxGB, oKAw, RSuNs, USEzo,
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