ARTÍCULO 35° (SUCESORES DE LAS PERSONAS NATURALES A TÍTULO UNIVERSAL). NOTA: Ley N° 317 de 11/12/2012; Ley del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013, mediante su Disposición Derogatoria y Abrogatoria, Segunda, derogó el Artículo precedente, previamente incorporado por Ley N° 037 de 10/08/2010; Ley que Modifica el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, a través de su Artículo 5. Demostrar la procedencia y cuantía de los créditos impositivos que considere le correspondan, aunque los mismos se refieran a periodos fiscales prescritos. En casos debidamente justificados, estas facultades podrán ejercerse en las oficinas públicas; en estos casos la documentación entregada por el contribuyente deberá ser debidamente preservada, bajo responsabilidad funcionaria. Valorando signos, índices, o módulos que se den en los respectivos contribuyentes según los datos o antecedentes que se posean en supuestos similares o equivalentes. Capítulo 1: Introducción al derecho aduanero, Donde exista alguna prueba al menos parcial, de la realización del hecho imponible. No se embargarán los bienes y derechos declarados inembargables por Ley. ARTÍCULO 31° (SOLIDARIDAD ENTRE RESPONSABLES). Cuando la Administración Tributaria recurrida responda aceptando totalmente los términos del recurso, no será necesaria la apertura del término probatorio, debiendo el Superintendente Tributario Regional proceder directamente al dictado de su Resolución. NOTA: Ley N° 2492 de 02/08/2003, Código Tributario Boliviano, en su Disposición Final Décimo Primera, instruye la incorporación del Artículo 183 de la Ley N° 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, como Artículo 153 Bis precedente. ARTÍCULO 6° (PRINCIPIO DE LEGALIDAD O RESERVA DE LEY). En el caso del Régimen Complementario al Valor Agregado (RC - IVA), el contribuyente que se acoja al Programa pagará por una sola vez sobre el último ingreso, sueldo o retribución mensual percibida hasta junio de 2003, los siguientes montos: Quienes a la fecha de entrada en vigencia de esta norma tengan recursos o procesos de impugnación en vía administrativa o jurisdiccional, podrán pagar sus obligaciones tributarias mediante las modalidades dispuestas en los incisos b) y c) del parágrafo I, previo desistimiento del recurso o acción interpuesta, tomando como base de liquidación el último acto emitido dentro del recurso administrativo. Este derecho estudia la legalidad de los traspasos fronterizos tanto de bienes como de persona y tanto a nivel interno (entrada) como a nivel externo (salida . Las facultades de control, verificación, fiscalización e investigación descritas en este Artículo, son funciones administrativas inherentes a la Administración Tributaria de carácter prejudicial y no constituye persecución penal. I. Salvo en el delito de Contrabando, la acción penal en delitos tributarios se extingue conforme a lo establecido en el Artículo 27 del Código de Procedimiento Penal. La salvedad prevista en el párrafo precedente no se aplicará cuando exista reincidencia en la falta de presentación de alguno de los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales. Las disposiciones de este Código establecen los principios, instituciones, procedimientos y las normas fundamentales que regulan el régimen jurídico del sistema tributario boliviano y son aplicables a todos los tributos de carácter nacional, departamental, municipal y universitario. La impugnación presentada no tendrá efectos suspensivos. No obstante lo dispuesto, la ejecución de dichos actos se suspenderá únicamente conforme lo prevé este Código en el Capítulo II del Título III. ARTÍCULO 118° (CONSULTAS INSTITUCIONALES). Ley Nº 812 de 30/06/2016, en sus Disposiciones Finales, Primera. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 31. Los funcionarios de la Administración Tributaria en ejercicio de sus funciones podrán ingresar a los almacenes, establecimientos, depósitos o lugares en que se desarrollen actividades o explotaciones sometidas a gravamen para ejercer las funciones previstas en este Código. ARTÍCULO 174° (EFECTOS DEL ACTO FIRME O RESOLUCIÓN JUDICIAL EJECUTORIADA). El pago de la deuda tributaria efectuado después de notificada la Resolución Determinativa o Sancionatoria hasta antes de la presentación del recurso de alzada ante la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria, determinara la reducción de la sanción en el sesenta por ciento (60%). Otorgar y suprimir exenciones, reducciones o beneficios. Privación de libertad de ocho (8) a doce (12) años, cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía decomisada sea superior a UFV’s200.000 (Doscientos Mil Unidades de Fomento de Vivienda) establecido en la valoración y liquidación que realice la administración tributaria. La sanción para cada una de las conductas contraventoras se establecerá en estos límites mediante norma reglamentaria. Efectuada la retención o percepción, el sustituto es el único responsable ante el Fisco por el importe retenido o percibido, considerándose extinguida la deuda para el sujeto pasivo por dicho importe. Capítulo 9: Disposiciones legales no aduaneras que se aplican en las aduanas de la república, Partimos de que el derecho aduanero es esencialmente derecho público porque protege los interés generales o del estado en forma inmediata e indirectamente los interés privados, We start from the fact that the customs duty is essentially public law because it protects the general interest or the state immediately and indirectly private interests, Click on an image to view it in the image viewer. Acción de repetición es aquella que pueden utilizar los sujetos pasivos y/o directos interesados para reclamar a la Administración Tributaria la restitución de pagos indebidos o en exceso efectuados por cualquier concepto tributario. Constituyen ilícitos tributarios las acciones u omisiones que violen normas tributarias materiales o formales, tipificadas y sancionadas en el presente Código y demás disposiciones normativas tributarias. Retención de fondos del deudor en la cuantía necesaria para asegurar el cobro de la deuda tributaria. La facultad de control, verificación, fiscalización e investigación, se podrá desarrollar indistintamente: En el lugar donde el sujeto pasivo tenga su domicilio tributario o en el del representante que a tal efecto hubiera designado. de las Naciones UnidasEl derecho aduanero en el siglo XXIVademecum del Ser HumanoAmbiente estado y sociedadConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada, 21a. Los interesados podrán actuar personalmente o por medio de sus representantes mediante instrumento público, conforme a lo que reglamentariamente se establezca. ARTÍCULO 22° (SUJETO PASIVO). Los interesados o sus representantes y sus abogados, tendrán acceso a las actuaciones administrativas y podrán consultarlas sin más exigencia que la demostración de su identidad, excepto cuando la Administración Tributaria requiera la reserva temporal de sus actuaciones, dada la naturaleza de algunos procedimientos. La impresión de la información contenida en los medios magnéticos proporcionados por los contribuyentes a la Administración Tributaria, conforme a reglamentación específica. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 44. en la capacidad de trasladar cualquier tipo de cargamento que ayude a enriquecer el comercio exterior con Bolivia. Cuestionario de derecho aduanero. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo Nº 077 de 15/04/2009, derogado por el Decreto Supremo Nº 0122 de 13/05/2009. El curso de la prescripción se suspende con: SUBSECCIÓN VI: OTRAS FORMAS DE EXTINCIÓN EN MATERIA ADUANERA. En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 43 del Código de Procedimiento Penal, los Tribunales de Sentencia en Materia Tributaria estarán compuestos por dos jueces técnicos especializados en materia tributaria y tres jueces ciudadanos. NOTA: Ley N° 037 de 10/08/2010, Ley que Modifica el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, mediante su Artículo 6, modificó de cinco (5) a diez (10) años la sanción penal de privación de libertad a los delitos previstos en el Artículo precedente. Los representantes, directores, gerentes, administradores, mandatarios, síndicos o las personas naturales o jurídicas que se hubieren beneficiado con el ilícito tributario. Contribuyentes y/o responsables cuya actividad principal sea la construcción según su registro en el Padrón de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y/o en el registro Nacional de Empresas Constructoras a cargo del Viceministerio de Transporte. Los bienes embargados, con anotación definitiva en los registros públicos, secuestrados, aceptados en garantía mediante prenda o hipoteca, así como los recibidos en dación en pago por la Administración Tributaria, por deudas tributarias, serán dispuestos en ejecución tributaria mediante remate en subasta pública o adjudicación directa, en la forma y condiciones que se fijen mediante norma reglamentaria. En los demás aspectos, el Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional se sujetará a lo establecido con carácter general en los parágrafos siguientes, respetando las especificidades dispuestas. Cada Intendente Departamental tiene competencia sobre el Departamento en cuya capital tiene sede; está a su cargo dirigir la Intendencia Departamental de la que es titular, con las atribuciones y funciones que le otorga la presente Ley. Remarcó que el diagnóstico que recibe un paciente no puede ser ventilado mediáticamente ya que por derecho esa información le compete a la intimidad del mismo, quien tiene también la potestad de definir si accede a una atención o tratamiento o . Sustitúyase el Artículo 231 del Código Penal, por el siguiente texto: “Son delitos tributarios los tipificados en el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, los que serán sancionados y procesados conforme a lo dispuesto por el Título IV del presente Código”. DIRIGIDO A Abogados Ingenieros comerciales Profesionales en ramas afines Estudiantes de ciencias jurídicas Estudiantes de ramas afines Público interesado Realice una descripción falsa en las declaraciones de mercancías cuyo contenido sea redactado por cualquier medio; Realice una operación aduanera declarando cantidad, calidad, valor, peso u origen diferente de las mercancías objeto del despacho aduanero; Induzca en error a la Administración Tributaria, de los cuales resulte un pago incorrecto de los tributos de importación; Utilice o invoque indebidamente documentos relativos a inmunidades, privilegios o concesión de exenciones; Introducir o extraer mercancías a territorio aduanero nacional en forma clandestina o por rutas u horarios no habilitados, eludiendo el control aduanero. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 34, Parágrafo II. El procedimiento de quiebra se sujetará a las disposiciones previstas en el Código de Comercio y leyes específicas. La interposición de cualquier recurso administrativo contra la Resolución Sancionatoria emitida por la Administración Aduanera, no paralizará el proceso de adjudicación de las mercancías a fin de evitar una mayor depreciación del valor de las mismas y/o descomposición por el transcurso del tiempo. El periodo de prueba quedará clausurado antes de su vencimiento por renuncia expresa de las partes. Definición.-Como el conjunto de normas jurídicas relativas a la importación y exportación de mercancía, cuya aplicación se encomienda a la aduana, para lo cual se regula su estructura y sus funciones, se determina los regímenes a los cuales debe someterse la mercancía que se importa o exporta y establecen diversas . NOTA: Ley N° 975 de 13/09/2017, Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2017), mediante su Disposición Adicional Sexta, modificó el Parágrafo I, precedente. Los profesionales no podrán invocar el secreto profesional a efecto de impedir la comprobación de su propia situación tributaria. Los beneficios sociales de los trabajadores y empleados, las pensiones de asistencia familiar fijadas u homologadas judicialmente y las contribuciones y aportes patronales y laborales a la Seguridad Social. ARTÍCULO 188° (MEDIDAS CAUTELARES). Decreto Supremo N° 2514 de 09/09/2015, en su Disposición Transitoria Segunda. En materia aduanera, para los cargos tributarios establecidos en informes de fiscalización, notas de cargo, resoluciones administrativas, actas de intervención u otro instrumento administrativo o judicial, emergente de la comisión de ilícitos aduaneros, se establece el pago de los tributos aduaneros omitidos determinados por la Administración Tributaria, que implicará la regularización de todas las obligaciones tributarias (impuestos, accesorios y las sanciones que correspondan, incluyendo el recargo por abandono) y la extinción de la acción penal prevista en las leyes aplicables. DÉCIMA. ARTÍCULO 211° (CONTENIDO DE LAS RESOLUCIONES). En el caso de daño o destrucción de instrumentos de medición, el sujeto pasivo deberá además reponer los mismos o pagar el monto equivalente, costos de instalación y funcionamiento. NOTA: Ley N° 062 de 28/11/2010; Ley del Presupuesto General del Estado – Gestión 2011, mediante su Artículo 20, modificó el Numeral 11 precedente. Resumen: derecho aduanero para aprobar Marco Legal de las Organizaciones de Comercializacion Marketing en Universidad Siglo XXI. Los que contravengan a la presente Ley y sus reglamentos y que no constituyan delitos. Realizar transbordo de mercancías sin autorización previa de la Administración Tributaria, salvo fuerza mayor comunicada en el día a la Administración Tributaria más próxima. SEGUNDA. ARTÍCULO 217° (PRUEBA DOCUMENTAL). Estas penas serán establecidas sin perjuicio de imponer inhabilitación especial. El pago al contado en efectivo implicará que las Administraciones Tributarias no ejerzan en lo posterior, sus facultades de fiscalización, determinación y recaudación sobre los impuestos y períodos comprendidos en dicho pago. Otros antecedentes, elementos y medios que sean pertinentes. Formación y naturaleza del Derecho Aduanero, prohibiciones a la importación y a la exportación, tributos que gravan los ingresos y salidas de las mercancías, configuración de la Aduana, Sistema normativo especial: Derecho Aduanero UNIDAD 2. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 11. Para garantizar la inmediación, transparencia e idoneidad, los Superintendentes Tributarios podrán sustanciar los recursos mediante la realización de Audiencias Públicas conforme a los procedimientos establecidos en el presente Título. Vencido el plazo de descargo previsto en el primer párrafo del Artículo anterior, se dictará y notificará la Resolución Determinativa dentro el plazo de sesenta (60) días y para Contrabando dentro el plazo de diez (10) días hábiles administrativos, aun cuando el sujeto pasivo o tercero responsable hubiera prestado su conformidad y pagado la deuda tributaria, plazo que podrá ser prorrogado por otro similar de manera excepcional, previa autorización de la máxima autoridad normativa de la Administración Tributaria. ARTÍCULO 128° (RESTITUCIÓN DE LO INDEBIDAMENTE DEVUELTO). La falta de respaldo mediante la documentación emitida por las referidas entidades, hará presumir la inexistencia de la transacción para fines de liquidación de impuestos e implicará que el comprador no tendrá derecho al cómputo del crédito fiscal, así como la obligación del vendedor de liquidar el impuesto sin deducción de crédito fiscal alguno. Embargar preventivamente dinero y mercancías en cuantía suficiente para asegurar el pago de la deuda tributaria que corresponda exigir por actividades lucrativas ejercidas sin establecimiento y que no hubieran sido declaradas. Tomo 1, pág. No son aplicables en los Recursos de Alzada y Jerárquico, tercerías, excepciones, recusaciones, ni incidente alguno. Prohibición de participar en los procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental. ARTÍCULO 181° Decies (FAVORECIMIENTO Y FACILITACIÓN DEL CONTRABANDO). El recurrente podrá desistir del Recurso en cualquier estado del proceso, debiendo el Superintendente Tributario General o Regional aceptarlo sin más trámite. . Estas facilidades no procederán en ningún caso para retenciones y percepciones. NOTA: Ley N° 317 de 11/12/2012, Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, en su Disposición Adicional Quinta, modificó el Párrafo precedente. Es una rama del derecho administrativo tributario y comercial que se encarga de regular el tráfico de mercancías ya sea de exportación o importación además de imponer sanciones a los particulares que incurran en infracciones hacia estas regulaciones. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en sus Artículos 42 y 50. Cuando el interesado o su representante no fuera encontrado en su domicilio, el funcionario de la Administración dejará aviso de visita a cualquier persona mayor de dieciocho (18) años que se encuentre en él, o en su defecto a un vecino del mismo, bajo apercibimiento de que será buscado nuevamente a hora determinada del día hábil siguiente. SECCIÓN VII: FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO EN ADUANAS. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en sus Artículos 3 Parágrafos III y IV, 48 y 49. ARTÍCULO 15° (VALIDEZ DE LOS ACTOS). NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 12. El Despachante de Aduana puede ejercer funciones a nivel nacional previa autorización del Directorio de la Aduana Nacional”. La reincidencia, cuando el autor hubiere sido sancionado por resolución administrativa firme o sentencia ejecutoriada por la comisión de un ilícito tributario del mismo tipo en un periodo de cinco (5) años; La resistencia manifiesta a la acción de control, investigación o fiscalización de la Administración Tributaria; La insolvencia tributaria fraudulenta, cuando intencionalmente se provoca o agrava la insolvencia propia o ajena, frustrando en todo o en parte el cumplimiento de obligaciones tributarias; Los actos de violencia o intimidación empleados para cometer el ilícito o evitar su descubrimiento; El uso de bienes del Estado para la comisión del ilícito; El tráfico internacional ilegal de bienes que formen parte del patrimonio histórico, cultural, turístico, biológico, arqueológico, tecnológico, patente y científico de la Nación, así como de otros bienes cuya preservación esté regulada por disposiciones legales especiales; El empleo de personas inimputables o personas interpuestas; La participación de profesionales vinculados a la actividad tributaria, auxiliares de la función pública aduanera o de operadores de comercio exterior; Los actos que ponen en peligro la salud pública; La participación de funcionarios públicos que aprovecharen de su cargo o función o se encontraren vinculados al control y lucha contra el contrabando; El autor o participe integre un grupo que califique como asociación delictuosa u organización criminal; El hecho sea cometido en lugar despoblado; o. El hecho sea cometido en ocasión de un estrago, conmoción popular, aprovechándose de un accidente o de un infortunio particular. Control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación; Ejecución de medidas precautorias, previa autorización de la autoridad competente establecida en este Código; Concesión de prórrogas y facilidades de pago; Revisión extraordinaria de actos administrativos conforme a lo establecido en el Artículo 145 del presente Código; Sanción de contravenciones, que no constituyan delitos; Designación de sustitutos y responsables subsidiarios, en los términos dispuestos por este Código; Aplicar los montos mínimos establecidos mediante Decreto Supremo a partir de los cuales los pagos por la adquisición y venta de bienes y servicios deban ser respaldadas por los contribuyentes y/o responsables a través de documentos reconocidos por el sistema bancario y de intermediación financiera regulada por la Autoridad de Supervisión Financiera (ASFI). En caso que estos alimentos frescos requieran certificados para el despacho aduanero, de forma paralela al acta de intervención, la Administración Aduanera solicitará la certificación oficial del órgano competente, la cual deberá ser emitida en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles a partir de su requerimiento, bajo responsabilidad del Ministerio cabeza de sector. Resolución firme dictada para resolver el Recurso de Alzada. El recurrente podrá concurrir por sí o mediante apoderado legalmente constituido. ARTÍCULO 104° (PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN). Es esencialmente un derecho público por queprotege los intereses generales de la sociedad y el Estado, de manera inmediata e indirecta los intereses privados por que los destinatarios de este derecho son siempre los habitantes de la Nación. Ley N° 1080 de 12/07/2018, Ley de Ciudadanía Digital, en su Artículo 6. Según el Artículo 51 de la Ley General de Aduanas "el régimen de Reimportación en el Mismo Estado permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías exportadas definitivamente, sin el pago de derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación para el consumo y recargos de corresponder, con la condición de que no hayan sido sometidas a ninguna . Contáctanos Sugerencias Manual de uso; Quiénes somos . La Superintendencia Tributaria tiene como objeto, conocer y resolver los recursos de alzada y jerárquico que se interpongan contra los actos definitivos de la Administración Tributaria. La Resolución Sancionatoria o Determinativa deberá ser emitida en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles después de formulada dicha Acta de Intervención. ARTÍCULO 171° (RESPONSABILIDAD). Decretada la excusa, en el caso de un Superintendente Tributario Regional, éste quedará inhibido definitivamente de conocer el proceso y lo remitirá de inmediato al Superintendente Tributario Regional cuya sede se encuentre más próxima a la propia. ARTÍCULO 177° (DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA). Cuando el fiscal no hubiere participado en el operativo, las personas aprehendidas serán puestas a su disposición dentro las ocho horas siguientes, asimismo se le comunicará sobre las mercancías, medios y unidades de transporte decomisados preventivamente, para que asuma la dirección funcional de la investigación y solicite al Juez de la Instrucción en lo Penal la medida cautelar que corresponda. Anotación preventiva en los registros públicos sobre los bienes, acciones y derechos del deudor. La estructura administrativa y competencia territorial de las Superintendencias Tributarias Regionales se establecerán por reglamento. El Recurso Jerárquico se sustanciará sujetándose al siguiente procedimiento: En caso de rechazo del Recurso, el Superintendente Tributario Regional hará conocer su auto y fundamentación al Superintendente Tributario General, dentro del mismo plazo indicado en el párrafo precedente. UFV’s). Aduana Nacional.Todos los derechos reservados. ARTÍCULO 130° (IMPUGNACIÓN DE NORMAS ADMINISTRATIVAS). Las sanciones aplicables en sentencia por el Tribunal de Sentencia en materia tributaria, son: NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo II, modificó el Parágrafo precedente. Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria por contravención de omisión de pago, cuando el sujeto pasivo o tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el décimo día de notificada la Vista de Cargo o Auto Inicial, o hasta antes del inicio de la ejecución tributaria de las declaraciones juradas que determinen tributos y no hubiesen sido pagados totalmente. El patrimonio del sujeto pasivo o del subsidiario cuando corresponda, constituye garantía de las obligaciones tributarias. Si el proceso estuviera en conocimiento de las Superintendencias, la Administración podrá solicitar a las mismas la adopción de medidas precautorias. Opciones excluyentes para la regularización de obligaciones tributarias cuya recaudación corresponda al Servicio de Impuestos Nacionales: Se establece un pago equivalente al diez por ciento (10%) del total de las Ventas brutas declaradas en un año. La tenencia o comercialización de mercancías extranjeras sin que previamente hubieren sido sometidas a un régimen aduanero que lo permita. Las normas tributarias regirán a partir de su publicación oficial o desde la fecha que ellas determinen, siempre que hubiera publicación previa. La solicitud de rectificación y aclaración interrumpirá el plazo para la presentación del Recurso Jerárquico, hasta la fecha de notificación con el auto que se dicte a consecuencia de la solicitud de rectificación y aclaración, agotándose la vía administrativa. Convenios Y Tratados. 567. Los Superintendentes Tributarios gozan de caso de corte conforme al numeral 6) del Artículo 118 de la Constitución Política del Estado y serán destituidos de sus cargos únicamente con sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos cometidos contra la función pública. La primera contravención será penada con el mínimo de la sanción y por cada reincidencia será agravada en el doble de la anterior hasta la sanción mayor, con este máximo se sancionará cualquier reincidencia posterior. NOTA: Ley Nº 812 de 30/06/2016, en su Artículo 2 Parágrafo I, modificó el Artículo precedente. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 11. Impide la entrada y salida de mercancía ilícita. El notificado podrá impugnar el acto que lo designa como responsable subsidiario utilizando los recursos establecidos en el presente Código. ARTÍCULO 40° (DOMICILIO DE LOS NO INSCRITOS). En exenciones tributarias serán interpretados de acuerdo al método literal. A ser oído o juzgado de conformidad a lo establecido en el Artículo 16 de la Constitución Política del Estado. Al momento de incautar los documentos, la Administración Tributaria queda obligada a su costo, a proporcionar al sujeto pasivo o tercero responsable un juego de copias legalizadas de dichos documentos. ARTÍCULO 48° (GARANTÍA DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS). Los delitos tributario aduaneros son considerados como delitos públicos colectivos de múltiples víctimas y se considerará la pena principal más las agravantes como base de la sanción penal. La Resolución Determinativa tiene carácter declarativo y no constitutivo de la obligación tributaria. Los actos definitivos de alcance particular que se pretenda impugnar mediante el Recurso de Alzada, deben haber sido emitidos por una entidad pública que cumple funciones de Administración Tributaria relativas a cualquier tributo nacional, departamental, municipal o universitario, sea impuesto, tasa, patente municipal o contribución especial, excepto las de seguridad social. Sólo en casos en los que la Administración, además de ejercer su facultad de control, verificación, e investigación efectúe un proceso de fiscalización, el procedimiento se iniciará con Orden de Fiscalización emitida por autoridad competente de la Administración Tributaria, estableciéndose su alcance, tributos y períodos a ser fiscalizados, la identificación del sujeto pasivo, así como la identificación del o los funcionarios actuantes, conforme a lo dispuesto en normas reglamentarias que a este efecto se emitan. DE LOS PROCEDIMIENTOS APLICABLES ANTE LA SUPERINTENDENCIA TRIBUTARIA. SECCIÓN II: DERECHOS Y DEBERES DEL SUJETO PASIVO Y TERCEROS RESPONSABLES. Ley N° 1080 de 12/07/2018, Ley de Ciudadanía Digital, en su Artículo 8, Parágrafo IV.. ARTÍCULO 83° Bis (NOTIFICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS). Este pago podrá realizarse hasta el 2 de abril de 2004 al contado o mediante un pago inicial del veinticinco por ciento (25%) a la misma fecha y tres (3) cuotas bimestrales iguales y consecutivas con una tasa de interés sobre saldos del cinco por ciento (5%). No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual o la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado. Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 26. Son contravenciones tributarias: ARTÍCULO 161° (CLASES DE SANCIONES). Salvando los patrimonios autónomos emergentes de procesos de titularización y los fondos de inversión administrados por Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión y demás fideicomisos. ARTÍCULO 29° (RESPONSABLES POR REPRESENTACIÓN). La deuda tributaria a ser compensada deberá referirse a períodos no prescritos comenzando por los más antiguos y aunque provengan de distintos tributos, a condición de que sean recaudados por el mismo órgano administrativo. Los ilícitos tributarios se clasifican en contravenciones y delitos. Tesis derecho aduanero 1. . ARTÍCULO 91° (NOTIFICACIÓN A REPRESENTANTES). Decomiso preventivo de las mercancías, medios de transporte e instrumentos utilizados en la comisión del delito o vinculados al objeto del tributo, que forma parte de la deuda tributaria en ejecución; Retención de valores por devoluciones tributarias o de otros pagos que deba realizar el Estado y terceros privados, en la cuantía necesaria para asegurar el cobro de la deuda tributaria; Anotación preventiva en los registros públicos sobre los bienes, derechos y acciones de los responsables o participes del delito tributario y del civilmente responsable; Retención de depósitos de dinero o valores efectuados en entidades del sistema de intermediación financiera; Intervención de la gestión del negocio del imputado, correspondiente a la deuda tributaria; Clausura del o los establecimientos o locales del deudor hasta el pago total de la deuda tributaria; Prohibición de celebrar actos o contratos de transferencia o disposición sobre bienes determinados; Renovación de garantía si hubiera, por el tiempo aproximado que dure el proceso, bajo alternativa de ejecución de la misma; Para los delitos de defraudación tributaria, defraudación aduanera o falsificación de documentos aduaneros, se entenderá por reparación integral del daño ocasionado, el pago de la deuda tributaria y la multa establecida para el delito correspondiente. ARTÍCULO 202° (LEGITIMACIÓN ACTIVA). La Administración Tributaria podrá verificar el cumplimiento de los deberes formales de los sujetos pasivos y de su obligación de emitir factura, sin que se requiera para ello otro trámite que el de la identificación de los funcionarios actuantes y en caso de verificarse cualquier tipo de incumplimiento se levantará un acta que será firmada por los funcionarios y por el titular del establecimiento o quien en ese momento se hallara a cargo del mismo. Son terceros responsables las personas que sin tener el carácter de sujeto pasivo deben, por mandato expreso del presente Código o disposiciones legales, cumplir las obligaciones atribuidas a aquél. Este acogimiento implica la renuncia a los saldos a favor y las pérdidas que hubieran acumulado los contribuyentes y/o responsables, con excepción del crédito fiscal comprometido para la solicitud de devoluciones de CEDEIM’s previa verificación. Que para los mismos, esté establecida su reserva a favor del sector público por referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad. A efecto de determinar la cuantía señalada, si se trata de tributos de declaración anual, el importe de lo defraudado se referirá a cada uno de los doce (12) meses del año natural (UFV’s 120.000). del territorio aduanero y que permiten la importación y exportación de mercancías libre de aranceles y otros derechos. ARTÍCULO 64° (NORMAS REGLAMENTARIAS ADMINISTRATIVAS). Las deudas tributarias emergentes de Autos Supremos que hubieran alcanzado la autoridad de cosa juzgada podrán acogerse al Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional en la modalidad dispuesta en el inciso b) del parágrafo I, salvo la aplicación de la condonación dispuesta en el mismo, que no procederá en ningún caso. Hasta uno (1) por ciento del total de las recaudaciones tributarias de dominio nacional percibidas en efectivo, que se debitará automáticamente, según se disponga mediante Resolución Suprema. ARTÍCULO 142° (NORMAS APLICABLES). NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo X, modificó el Artículo precedente. NOTA: Ley N° 1105 de 28/09/2018, en su Disposición Adicional Única, incorporó el Parágrafo IV al Artículo precedente. Los plazos en meses se computan de fecha a fecha y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente, se entiende que el plazo acaba el último día del mes. Cuando la Ley disponga expresamente que las exenciones deben ser formalizadas ante la Administración correspondiente, las exenciones tendrán vigencia a partir de su formalización. La Ley que establezca exenciones, deberá especificar las condiciones y requisitos exigidos para su procedencia, los tributos que comprende, si es total o parcial y en su caso, el plazo de su duración. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano en su Artículo 5. LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Órgano de Control de la Ley N . Constitución Política. Controlar, vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, con facultades de inspección, revisión y control de mercancías, medios y unidades de transporte; Intervenir en el tráfico internacional para la recaudación de los tributos aduaneros y otros que determinen las leyes; Administrar los regímenes y operaciones aduaneras; Las declaraciones y datos individuales obtenidos por la Administración Tributaria, tendrán carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o procedimientos cuya gestión tenga encomendada y no podrán ser informados, cedidos o comunicados a terceros salvo mediante orden judicial fundamentada, o solicitud de información de conformidad a lo establecido por el Artículo 70 de la Constitución Política del Estado. DERECHOS Y DEBERES DE LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA, SECCIÓN I: DERECHOS Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. Modifícase el párrafo sexto del Artículo 29º de la Ley N° 1990 de 28 de julio de 1999 con el siguiente texto: “El Presupuesto anual de funcionamiento e inversión con recursos del Tesoro General de la Nación asignado a la Aduana Nacional, no será superior al dos (2%) por ciento de la recaudación anual de tributos en efectivo”. Los pagos realizados en aplicación de esta Ley, se consolidarán a favor del Sujeto Activo, no pudiendo ser reclamados a éste en vía de repetición. Asimismo, podrá investigar los hechos, actos y elementos del hecho imponible no declarados por el sujeto pasivo, conforme a lo dispuesto por este Código. Las declaraciones juradas son la manifestación de hechos, actos y datos comunicados a la Administración Tributaria en la forma, medios, plazos y lugares establecidos por las reglamentaciones que ésta emita, se presumen fiel reflejo de la verdad y comprometen la responsabilidad de quienes las suscriben en los términos señalados por este Código. Si dicha sanción fuese impuesta durante el ejercicio de sus funciones como Superintendente Tributario, por hechos ocurridos antes de su nombramiento, tal situación dará lugar a su inmediata remoción del cargo. El suministro de aquellos datos de carácter personal contenidos en registros públicos u oficiales, no requerirá del consentimiento de los afectados. Cumplir las obligaciones establecidas en este Código, leyes tributarias especiales y las que defina la Administración Tributaria con carácter general. La analogía será admitida para llenar los vacíos legales, pero en virtud de ella no se podrán crear tributos, establecer exclusiones ni exenciones, tipificar delitos y definir contravenciones, aplicar sanciones, ni modificar normas existentes. La Administración Tributaria correspondiente otorgará, por una sola vez, plan de pagos para la cancelación del tributo omitido actualizado en Unidades de Fomento de la Vivienda, mediante cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un plazo máximo de hasta cinco (5) años calendario, sin previa constitución de garantías y con una tasa de interés del cinco por ciento (5%) anual. Download Free PDF. ARTÍCULO 41° (DOMICILIO ESPECIAL). En aplicación al principio de buena fe y transparencia, se presume que el sujeto pasivo y los terceros responsables han cumplido sus obligaciones tributarias cuando han observado sus obligaciones materiales y formales, hasta que en debido proceso de determinación, de prejudicialidad o jurisdiccional, la Administración Tributaria pruebe lo contrario, conforme a los procedimientos establecidos en este Código, Leyes y Disposiciones Reglamentarias. NORMA CONEXA.- Ley N° 3092 de 07/07/2005, en su Artículo 4. Constituyen derechos del sujeto pasivo los siguientes: ARTÍCULO 69° (PRESUNCIÓN A FAVOR DEL SUJETO PASIVO). NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo VIII, modificó el Artículo precedente. Podrá hacerse uso de todos los medios de prueba admitidos en Derecho, con excepción de la prueba confesoria de autoridad y funcionarios del ente público recurrido. Con excepción de las notificaciones por correspondencia, edictos y masivas, todas las notificaciones se practicarán en días y horas hábiles administrativos, de oficio o a pedido de parte. Quien pretenda desvirtuar la presunción deberá aportar la prueba correspondiente. Excluir hechos económicos gravables del objeto de un tributo. En el caso de impuestos cuya recaudación corresponda al servicio de Impuestos Nacionales, el Programa alcanzará a los adeudos tributarios en mora al 30 de junio de 200. Las autoridades de todos los niveles de la organización del Estado cualquiera que sea su naturaleza, y quienes en general ejerzan funciones públicas, están obligados a suministrar a la Administración Tributaria cuantos datos y antecedentes con efectos tributarios requiera, mediante disposiciones de carácter general o a través de requerimientos concretos y a prestarle a ella y a sus funcionarios apoyo, auxilio y protección para el ejercicio de sus funciones. En caso que estas mercancías requieran certificados para el despacho aduanero, la Administración Aduanera, al día siguiente hábil de emitida la Resolución Sancionatoria o Determinativa, solicitará la certificación oficial del órgano competente, la cual deberá ser emitida en un plazo no mayor a diecisiete (17) días hábiles a partir de su requerimiento, bajo responsabilidad del Ministerio cabeza de sector. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en sus Artículos 25 Segundo Párrafo, 26, 27 y 28, modificado por el Decreto Supremo N° 2993 de 23/11/2016. Base imponible o gravable es la unidad de medida, valor o magnitud, obtenidos de acuerdo a las normas legales respectivas, sobre la cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a pagar. El Ministerio de Hacienda queda facultado para establecer montos mínimos, a propuesta de la Administración Tributaria, a partir de los cuales ésta deba efectuar el inicio de su ejecución tributaria. Los Superintendentes Tributarios General y Regionales deberán excusarse en los siguientes casos: Parentesco con el recurrente o recurrido o con sus representantes en línea directa o colateral hasta el segundo grado; y. Relación de negocios o patrocinio profesional directo o indirecto con el interesado o participación directa en cualquier empresa que intervenga en los recursos, inclusive hasta dos (2) años de haber cesado la relación, patrocinio o participación. Es sustituto la persona natural o jurídica genéricamente definida por disposición normativa tributaria, quien en lugar del contribuyente debe cumplir las obligaciones tributarias, materiales y formales, de acuerdo con las siguientes reglas: ARTÍCULO 27° (TERCEROS RESPONSABLES). Entre las principales características del derecho aduanero podemos destacar que: Es un derecho público, ya que pertenece al orden público. Son igualmente incompatibles con las funciones directivas de instituciones privadas, mercantiles, políticas y sindicales. En materia procesal penal, el ofrecimiento, producción, y presentación de medios de prueba se sujetará a lo dispuesto por el Código de Procedimiento Penal y demás disposiciones legales. Los agentes de retención o percepción podrán solicitar la repetición de los tributos retenidos o percibidos indebidamente o en exceso y empozados al Fisco, siempre que hubiera Poder Notariado expreso del contribuyente. NORMAS CONEXAS: Ley N° 812 de 30/06/2016, en sus Disposiciones Transitorias. Toda persona natural o jurídica de derecho público o privado, sin costo alguno, está obligada a proporcionar a la Administración Tributaria toda clase de datos, informes o antecedentes con efectos tributarios, emergentes de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas, cuando fuere requerido expresamente por la Administración Tributaria. ARTÍCULO 181° Nonies (DELITO DE CONTRABANDO DE EXPORTACIÓN AGRAVADO). Transcurrido el plazo a que se refiere el parágrafo anterior, sin que se hayan aportado pruebas, o compulsadas las mismas, la Administración Tributaria deberá pronunciar resolución final del sumario en el plazo de los veinte (20) días siguientes. Es considerado una rama del derecho. Capítulo 6: Abandono de mercaderias, En este caso, se considerará como fecha de notificación el momento de efectuada la gestión, petición o manifestación. Derecho Aduanero. Los contribuyentes y/o responsables que se acojan a la modalidad de plan de pagos se beneficiarán con la condonación de sanciones pecuniarias e intereses emergentes del incumplimiento de obligaciones tributarias, debiendo presentar su solicitud dentro del plazo de noventa (90) días perentorios siguientes a la publicación del Código Tributario. ARTÍCULO 151° (RESPONSABILIDAD POR ILÍCITOS TRIBUTARIOS). add umap coordinates to seurat object. La territorialidad es un principio básico del Derecho Penal y admitido como tal en casi todas las legislaciones. Presentado por: HORTENCIA PAZ GAMBOA. La autoridad que conozca de la impugnación deberá pronunciarse dentro de los cuarenta (40) días computables a partir de la presentación, bajo responsabilidad. Si el recurso se hubiere presentado por dos (2) o más interesados, el desistimiento sólo afectará a aquél o aquellos que lo hubieran formulado. Sin perjuicio de lo expresado en los numerales anteriores, en materia aduanera, la Administración Tributaria tiene las siguientes facultades: ARTÍCULO 67° (CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA). Estas penas serán establecidas sin perjuicio de imponer inhabilitación especial. A efecto del cálculo para la compensación, no correrá ningún tipo de actualización sobre los débitos y créditos que se solicitan compensar desde el momento en que se inicie la misma. La Administración Tributaria mediante publicación en órganos de prensa de circulación nacional citará a los sujetos pasivos y terceros responsables para que dentro del plazo de cinco (5) días computables a partir de la publicación, se apersonen a sus dependencias a efecto de su notificación. En delitos tributarios aduaneros flagrantes corresponde la aplicación directa del Procedimiento Inmediato para Delitos Flagrantes contenido en el Título V de la Ley Nº 007 de 18 de mayo de 2010. Se entiende por ofrecida y presentada la prueba por el sujeto pasivo o tercero responsable cuando estos señalen expresamente que se encuentran en poder de la Administración Tributaria. Sentencia Constitucional 0100/2014, de 10/01/2014, se declaró la inconstitucionalidad de la citada Disposición Adicional Sexta. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 33. Se derogan los Títulos Décimo Primero y Décimo Segundo así como los siguientes artículos de la Ley General de Aduanas N° 1990, de 28 de julio de 1999: 14, párrafo 5to, 15; 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 31, 33, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 177 párrafo 2do, 178, 179, 180, 181, 182, 184, 185, 262, 264, 265, 266 y 267. Se aplicará la sanción accesoria de inhabilitación especial, sólo en los casos de contrabando sancionados con pena privativa de libertad. La inconcurrencia del interesado no impedirá que se practique la diligencia de notificación. La Administración Tributaria otorgará información a las Administraciones Tributarias de otros países, en el marco de instrumentos jurídicos internacionales para el intercambio de información. Dación en pago, conforme se disponga reglamentariamente. DEDICATORIA A mis extraordinarios padres. Legi3lacú5n Mexicana. NOTA: Ley Nº 037 de 10/08/2010, Ley que Modifica el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, mediante su Artículo 4º, incorporó el Artículo precedente. La Administración Tributaria podrá de oficio verificar el correcto cumplimiento de la obligación de emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente mediante operativos de control. La impugnación solamente se referirá a la designación como responsable subsidiario y no podrá afectar la cuantía de la deuda en ejecución. El derecho aduanero es el conjunto de normas legales y reglamentarias que se aplican a los medios de transporte y a las mercancías relacionadas con el comercio internacional, así como a las personas que intervienen en la gestión aduanera. La exención, con plazo indeterminado aún cuando fuera otorgada en función de ciertas condiciones de hecho, puede ser derogada o modificada por Ley posterior. Derecho aduanero en bolivia 12007 palabras | 49 páginas. Su iniciación o continuación no se suspenderá por la iniciación de aquellos, salvo en los casos en que el ejecutado esté sometido a un proceso de reestructuración voluntaria. La Administración Tributaria Aduanera documentará su intervención en un acta en la que constará: En el plazo de 48 horas, la Administración Tributaria Aduanera y el Fiscal, informarán al Juez competente respecto a las mercancías, medios y unidades de transporte decomisados y las personas aprehendidas, sin que ello signifique comprometer la imparcialidad de la autoridad jurisdiccional. Es fundamental su seguimiento para el buen funcionamiento de las aduanas. A requerimiento de la Administración Tributaria, los juzgados y tribunales deberán facilitarle cuantos datos con efectos tributarios se desprendan de las actuaciones judiciales que conozcan, o el acceso a los expedientes o cuadernos en los que cursan estos datos. Dicha impugnación deberá presentarse debidamente fundamentada ante el Ministro de Hacienda. Cuando las mercancías no puedan ser objeto de comiso, la sanción económica consistirá en el pago de una multa igual a cien por ciento (100%) del valor de las mercancías objeto de contrabando. Registro de compras, gastos o servicios no realizados o no recibidos. Cuando la norma relativa al hecho generador se refiera a situaciones definidas por otras ramas jurídicas, sin remitirse ni apartarse expresamente de ellas, la interpretación deberá asignar el significado que más se adapte a la realidad económica. El pago de la deuda tributaria se acreditará o probará mediante certificación de pago en los originales de las declaraciones respectivas, los documentos bancarios de pago o las certificaciones expedidas por la Administración Tributaria. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 23. ARTÍCULO 177° Bis. Otros objetivos son: La recaudación de los impuestos, cuotas compensatorias, tributos o cualquier otro ingreso con el que el país grava las importaciones de bienes y servicios. DÉCIMA PRIMERA. NOTA: Ley N° 3467 de 12/09/2006, mediante su Artículo 1 Parágrafo I, sustituyó el Párrafo precedente. La inconcurrencia de las demás personas convocadas no suspenderá la Audiencia. ARTÍCULO 100° (EJERCICIO DE LA FACULTAD). NOTA: Ley N° 317 de 11/12/2012; Presupuesto General del Estado – Gestión 2013 en su Disposición Adicional Séptima, incorporó el Artículo precedente. Si del resultado del ilícito tributario emerge daño económico en perjuicio del Estado, los servidores públicos y quienes hubieran participado en el mismo, así como los que se beneficien con su resultado, serán responsables solidarios e indivisibles para resarcir al Estado el daño ocasionado. La obligación de pagar en suma líquida y exigible la deuda tributaria.
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