345 y ss., en tanto se la comprende como un atributo externo que se agrega al documento: "un predicado determinado, un atributo derechamente misterioso" (p. 345), "si se revisa esta 'relevancia jurídica' más de cerca, ésta se escapa rápidamente a la esfera sublime de la abstracción, construcción sintética y conceptualización esotérica" (p. 347); "se requiere sin embargo de un análisis muy profundo del laberinto jurisprudencial de fórmulas para darse cuenta que la 'relevancia jurídica' ha perdido toda autonomía y justificación existencial como elemento del concepto jurídico-penal de documento" (p. 366); la "relevancia jurídica" del documento para el tráfico jurídico radica en la "corporeización de una declaración escrita que deja reconocer a su otorgante. Sostiene que el bien jurídico protegido es "la propia funcionalidad del documento en las diversas misiones que tiene que cumplir en el tráfico jurídico".27 Esta triple función se vería amagada en cualquier delito de falsedad, sea que se cometa en un documento público o mercantil o en un documento privado (art. El art. Por la simple razón de que intenta esclarecer el injusto del delito siguiendo el método que la dogmática habitualmente aplica en la parte especial, cual es, a partir de una tesis sobre el bien jurídico protegido. Lo que configuraría el injusto del delito sería más bien la infracción de deberes funcionarios por parte del sujeto activo. 105 GARRIDO, Derecho penal, cit. Por otro lado, a partir del elemento característico de la relevancia de la disposición o declaración contenida en el documento para el servicio o la función pública se extrae el criterio de la "mayor eficacia jurídica" para diferenciar cierta clase de documentos mercantiles. Correlativamente, también existe un deber de no alterar la autenticidad de un documento público, que puede ser infringido por cualquier sujeto, particular o funcionario público. nota n° 28, p. 528, 531 y s., 541.; cabe señalar que esta propuesta constituye el desarrollo de una idea ya contenida en la monografía de GARCÍA CANTIZANO, Falsedades documentales, cit. Ya iniciado el proceso criminal a instancias de una hermana de A.O.V., el 3 de octubre de 2000 la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) certificó que G.I.V. Este análisis significa un claro avance en la aproximación al injusto propio del delito de falsedad documental. ), que reconduce su significado también como contrario a la autenticidad de la declaración.99 No obstante, la doctrina española admite que ambos numerales incluyen todavía hipótesis de falsedad ideológica, las que, en consecuencia, solamente serían punibles en la medida en que concurra el presupuesto propio de la modalidad paradigmática de falsedad ideológica descrita en el art. 5-23, pp. Desde ya en el supuesto de verdad, esto es, en el contexto normal de otorgamiento de un documento público, en que interviene un funcionario y al menos un particular, surge regularmente un documento público auténtico y verdadero. Tampoco se castiga al funcionario público simplemente por emitir una declaración mentirosa. 194 CP describe la conducta prohibida en los mismos términos: "el particular que cometiere en documento público o auténtico alguna de las falsedades designadas en el artículo anterior". No obstante, al analizar luego las modalidades de comisión del delito de falsedad documental descritas en el art. 219-240. nota n° 5, pp. 193 N. 4 CP), solamente puede realizarse en un documento testimonial público, que fija una "declaración de ciencia". Gramaticalmente, el verbo rector se inserta en el encabezado de la norma, con la frase "cometer falsedad". 390 CP de 1995, ha servido para reforzar este movimiento argumentativo (vid. 172 y ss. 193 no establece un delito de falsedad en documento público, sino que, en el fondo, un delito funcionario. (considerando 7°), se manifiesta por una interpretación propia, aplicable al delito de falsedad documental en comento, respecto a aquel que se contempla para efectos administrativos y además del concepto señalado en el artículo 260 CP. Si la praxis del sistema penal se coloca los anteojos del modelo dominante de comprensión para ver delitos esencialmente diferentes en un mismo sistema de normas o vuelve a leer el texto de la ley penal que establece delitos de falsedad documental, queda abandonado a la decisión que más le plazca. 197 CP tampoco establecería un delito de falsedad documental, sino que un delito patrimonial. ROXIN, Claus, Tüterschaft und Tatherrschaft, 8a ed., Berlin: De Gruyter, 2006. 194 CP. : art. 193 CP. ECHANO BASALDÚA, Juan, "¿Falsedad ideológica de particular en escritura pública? Lo paradójico es que la pena contemplada en el art. Y, por otro lado, meros documentos privados del cual surgen efectos jurídicos solamente particulares, por estar dotados de una fe puramente privada y que, por ende, su falsificación tiene un contenido de injusto deficitario que requiere ser compensado con la verificación de la lesión a un bien jurídico personal, como es el patrimonio, para alcanzar relevancia jurídico-penal. 193 es indistinta, porque el texto del art. ¿Qué motivos y razones llevan a que doctrina y jurisprudencia lo acepten inconsciente o conscientemente? 5 (2004), parecen seguir una tesis pluriofensiva, pero recurriendo al difuso concepto de "bien jurídico espiritualizado o intermedio", constituido, "en nuestra postura, por el interés concreto de la seguridad del tráfico que se tome como referencia según el delito de que se trate (funcionalidad documental, sistema de pagos, etc. Trata de comprender los fenómenos para luego interpretarlos mediante la dialéctica o el análisis. infra 3.). 193 CP radica en "cometer falsedad" mediante alguna de las ocho (8) modalidades descritas en su texto. Este grupo se estructuraría sobre la base de la infracción a un deber de no alterar la autenticidad de un documento, sea público o privado: "este deber protege al documento en tanto medio de prueba, pero no impone decir siempre la verdad. De este modo, la propuesta de Grisolía, basada en una interpretación del art. En este punto, Grisolía recurre a la cuestión del deber de veracidad y, al mismo tiempo, su análisis se torna equívoco. 113 y ss., que se explaya derechamente sobre un concepto general del delito en comento y sobre las características que debe tener el documento privado en cuanto a su contenido para efectos de su incriminación al tenor del artículo 197 y cómo dicho contenido se conecta con la exigencia del perjuicio a terceros; el criterio aludido repercute adicionalmente al estimar que, a falta de un documento como el mencionado, únicamente es posible considerar el documento falsificado como un medio engañoso de la estafa, mas no como un caso de falsificación de instrumento privado (considerando 3° a 5°). 1 Sentencia de la Cortes Suprema (SCS), 6 de junio de 2005, Rol N. 253-03 (considerando 3°). 193 CP no distingue entre falsedad material y falsedad ideológica. 390 N. 2 (pp. Esta regla básica diferencia el valor probatorio del documento público, primero, según la clase de declaración de que se trata y, segundo, según aquello sobre el cual ésta recae. Articulación de órdenes jurídicos en la jurisprudencia del ius commune*. La estructura de la prohibición es la misma, pero el contenido de injusto puede ser distinto. 194 CP tampoco establecería simplemente un delito de falsedad en documento público, sino que una forma delictiva híbrida, que pende entre la falsificación material de un documento público y la falsedad ideológica, cuya punibilidad queda supeditada a la búsqueda de otra norma penal relativa a tal clase de falsedad o, en su defecto, de otra norma penal que tienda a la protección de otros intereses, como por ejemplo el patrimonio (v.gr. El análisis dogmático siempre se desarrolla desde una perspectiva crítica. Prof. Jesús Morales. 39 ETCHEBERRY, Derecho penal, cit. 193 CP. (considerando 7°), al señalar que en las falsificaciones de instrumentos mercantiles se ataca principalmente a la fe pública y no sólo el patrimonio privado; SCS, "Contra Castillo Cabrera", casación en el fondo, resolución de 3/07/1963, RDJGT, año 1963, t. LX, julio y agosto de 1963, N° 5 y 6, pp. Marcial Pons, 1999). nota n° 5, p. 169; POLITOFF/MATUS/RAMÍREZ, Lecciones de Derecho penal, cit. 193 y al art. En cambio, en el mismo caso de introducción (supra 1. 17 del Código civil, diferencia grados de eficacia probatoria del documento. ), §§ 267, 271, 348 StGB, 4a ed., Baden-Baden: Nomos Verlag, 2013. La doctrina alemana denomina a esta clase de documentos un documento testimonial, mientras que Grisolía habla de "declaraciones de ciencia". En esta parte no hace plena fe sino contra los declarantes. La reformulación teórica propuesta por Bacigalupo es sumamente interesante, tanto en un plano epistemológico como en uno dogmático. 556, 567-568 y 570; la jurisprudencia a su turno, realiza un enfoque de descarte, considerando que al no existir un concepto legal de documento privado, será entendido como tal todo aquel que no pueda ser estimado como instrumento público, teniendo presente que respecto a este último concepto hay definición legal expresa en el Código Civil, así, por ejemplo, SCA Stgo, "contra Santander Letelier", apelación, resolución de 14/05/1985, RDJGT, t. LXXXII, año 1985, pp. del único inmueble del cual A.O.V. 563564. 197 inciso 2° CP sobre falsedad cometida en documento privado, aunque con una pena mayor que la asignada a esta última. 193, 194 y 197 CP. PUPPE, Ingeborg, "Nomos Kommentar", en: KINDHÄUSER, Urs; NEUMANN, Ulfrid; PAEFFGEN, Hans-Ullrich (Eds. De este modo, la doctrina presa de este modelo de comprensión aplica la relevancia jurídica como un criterio esencial y cualitativo que diferencia entre, por un lado, documentos propiamente tales -documentos públicos, oficiales y mercantiles equivalentes a éstos-, que per se son dignos de protección e inmediatamente relevantes jurídicamente. Según el texto de la norma, se prohíbe cometer falsedad, "en perjuicio de otro", en un documento privado. 90 BACIGALUPO, Falsedad documental, cit. ), Código penal comentado, Santiago: Thomson Reuters, 2011, comentario al art. nota n° 28, pp. El texto de los artículos 193, 194 y 197 del Código penal establece delitos de falsedad documental. ORTIZ, Pedro, "La falsificación de instrumento privado", Revista de Ciencias Penales, 2a época, t. VII (1944), pp. 62 GARCÍA CANTIZANO, Falsedades documentales, cit. Si el documento como tal y sus elementos constitutivos se vuelven irrelevantes, entonces su análisis también se torna fútil. y que parece ser consecuencia del olvido en el cual ha caído el concepto de documento.50, 2.3. 69 Esta interpretación sería … 193, 194 y 197 CP comparte la misma forma de descripción de la conducta prohibida por la norma. Este injusto puede cometerse mediante cualquiera de la modalidades designadas en los numerales 1°, 2°, 3°, 5°, 6° y 7° del art. nota n° 67, p. 98: "en Chile no existe norma expresa alguna que imponga semejante deber", que al referirse a Chile lo hace por contraste con la legislación extranjera, por ejemplo, el art. (considerando 6°); SCS, "Contra Francisco Segundo Marín Almonacid y otros", casación en el fondo, resolución 11/08/1970, RDJGT, t. LXVII, 2a parte, pp. nota n° 67, p. 97 y s. 74 Así GRISOLÍA, "Nota", cit. 193 "suponiendo la intervención de una persona en el acto" por "suponer la intervención de una persona en el acto". 193 CP con la noción de fe pública y, por este intermedio, con un bien jurídico de carácter eminentemente colectivo, así como la agrupación de este delito junto a otros que atacan también objetos dotados de "efectos de obligatoriedad general" -monedas, sellos del Estado, etc.-, trae como consecuencia una escisión en el concepto de documento. En cambio, la misma conducta típica, esto es, la declaración falsa vertida en un documento público, realizada por un particular, no configuraría el injusto de este delito, pues la ley no impone a los particulares el deber de decir verdad. 104 GARCÍA CANTIZANO, Falsedades documentales, cit. sobre esta distinción JAKOBS, Günther, Strafrecht, Allgemeiner Teil, 2a ed., Berlin/New York: De Gruyter, 1993, Apdo. Según esta lectura, el art. ; VILLACAMPA ESTIARTE, La falsedad documental, cit. 62, enero a julio, pp. 96 GARRIDO, Derecho penal, cit. 36 ETCHEBERRY, "El objeto material", cit. 59 de la Ley 18.840, orgánica constitucional del Banco Central.97 Sin embargo, la excepción del art. 306 y ss. nota n° 94, p. 97 y s., que la autenticidad es un hecho institucional, incluso el propio Searle recurre al ejemplo del documento: "Los mecanismos característicos de que nos servimos son actos de habla: escrituras, facturas de venta, papeles del registro, testamentos, etc. Primera dicotomía: bien jurídico colectivo / bien jurídico personal - entre correcta administración pública y patrimonio. La segunda es la agrupación bajo este mismo acápite y, por ende, la asociación del delito de falsificación de monedas con el de falsedad en documentos públicos. El art. La forma en que la doctrina se aproxima críticamente a la hipótesis de "falsedad ideológica", cuando es cometida por un particular en un documento público, deja entrever la razón por la cual se argumenta en base a distinciones más bien propias de hipótesis de pluralidad de intervinientes. Ergo, metodológicamente resulta aconsejable transitar el mismo camino que la doctrina sigue al analizar cualquier delito contemplado en la parte especial del Derecho penal. 556 y ss. nota n° 62, p. 100. marg. Supuestos para la subsunción del delito de posesión de cartuchos del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacional en el delito de portación de arma de fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacional y legalidad de la modificación de la clasificación jurídica del hecho delictivo por el Ministerio Público o Juez de Control. obtuvo que el bien raíz fuera inscrito a su nombre en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Arica, con fecha 25 de agosto de 2000. 9 y ss. El art. La forma se refiere a las solemnidades externas, y la autenticidad al hecho de haber sido realmente otorgados y autorizados por las personas y de la manera que en los tales instrumentos se exprese.". nota n° 9, p. 108 y s. 76 GARCÍA CANTIZANO, Falsedades documentales, cit. 194 CP establecería un delito "híbrido", compuesto de falsificación material de documento público y de falsedad ideológica del mismo, cuya sanción se supeditaría a la existencia de otra ley penal. 24 ETCHEBERRY, "El objeto jurídico", cit. 194 al art. Sistemáticamente, la primera norma del sistema se vincularía más bien con los delitos funcionarios contra la administración pública, mientras que la última pertenecería más bien al grupo de los delitos patrimoniales (art. Si el art. Esta afirmación solamente es posible bajo la premisa de un concepto de documento, según el cual éste es algo distinto de la declaración que contiene. nota n° 28, p. 526 y s. 82 VILLACAMPA ESTIARTE, La falsedad documental, cit. Dado que solamente la declaración emitida por este empleado tiene valor probatorio, entonces solamente su mentira, su declaración falsa vertida en este documento podría configurar el injusto del delito. 3°, N. 1° y N. 4° del Código de Comercio), que, entonces, sería un mero documento privado. y que, en tal calidad, procedió a suscribir con ella una escritura pública de compraventa y transferencia a G.I.V. Sin embargo, la lectura que relaciona las modalidades de falsedad ideológica (N. 2, 3, 4 y 7) con un delito especial y las modalidades de falsedad material (N. 1, 5 y 6) con un delito común, implica que, en contra del texto del encabezado, el mismo tipo contiene dos delitos diferentes: un "delito especial de falsedad ideológica" y un "delito común de falsedad material". Así, el texto del art. 193 CP solamente describen diversas modalidades de comisión de la falsedad. nota n° 9, p. 109 y s., en base al ejemplo del funcionario del Registro de Propiedad que inscribe un inmueble bajo un nombre distinto del dueño que aparece en la escritura pública. II, Milano: Giuffrè, 1969, pp. Según Luis Cousiño, "parece de toda evidencia que existe una confianza pública (...) en los instrumentos otorgados por un Notario. 82 (1970), pp. 193 y en el art. Este injusto puede realizarse en cualquier clase de documento público, ya sea que fije una "declaración de ciencia" -un "documento testimonial"-, como por ej. Ergo, la conducta prohibida por la norma radica en "cometer falsedad" suponiendo la intervención de una persona en el acto o faltando a la verdad sobre la narración de hechos sustanciales (art. 197 CP, ésta se cometería en perjuicio del patrimonio de otro. Es decir, se trata de una propuesta interpretativa que busca esclarecer el injusto del delito en atención a la relevancia de las conductas tipificadas en el art. Esta aproximación le permite relacionar la modalidad 3a del art. 95-98. el saludable rescate del concepto de verdad como correspondencia en SEARLE, John, La construcción de la realidad social, Barcelona/Buenos Aires/México: Paidos, 1997, p. 77: "un hecho es independiente del lenguaje si el hecho mismo no necesita de elementos lingüísticos para su existencia. La norma común reza: está prohibido cometer falsedad en un documento. (considerandos 5° y 6°); SCS, "Contra José Hernán García Massry", casación en el fondo, resolución de 26/01/1972, RDJGT, t. LXIX, año 1972, Enero-Abril, N°1-2, pp. respecto de esta teoría ROJAS, "Falsedad documental como delito de engaño", cit. Ambas asociaciones fueron consagradas legislativamente en la sistemática del Code Pénal de 1810.13 El legislador nacional también las acogió en el Título IV "De los crímenes y simples delitos contra la fe pública, de las falsificaciones, del falso testimonio y del perjurio" del Libro II del Código penal, dejando expresa constancia de esa decisión en las sesiones 42 en 5 de junio de 1871 y 170 en 8 de octubre de 1873.14 Estas dos asociaciones alcanzan una formulación sintética en el siguiente concepto acuñado por Manuel Rivacoba: "es posible definir la fe pública como la confianza generalizada en la autenticidad y el valor de ciertos objetos, signos o documentos que suscita o impone la garantía que les despensa el Estado, sea directamente o a través de las instituciones o los funcionarios o ministros en quienes delega al efecto".15, La tesis de la fe pública ha sufrido fuertes críticas. 197 CP, cuyo fin es la protección del patrimonio, es decir, de un bien jurídico personal, del cual es titular una persona. De este modo, se propone el criterio de la ejecutoriedad o valor ejecutivo del documento, en nuestro ordenamiento jurídico establecido en el art. 194 al particular, no obstante haberse realizado la misma conducta típica. Ninguna l1. Y un "delito de falsedad ideológica" en la parte del texto que remite a esta clase de modalidades designadas en los numerales 2, 3, 4 y 7 del art. Este modelo de comprensión se encuentra tan asentado en la doctrina y jurisprudencia, que opera casi por inercia. sobre la categoría de los delitos de infracción de deber ROXIN, Claus, Taterschaft und Tatherrschaft\ 8a ed., Berlin: de Gruyter Recht, 2006, § 34, pp. 6. A esta crítica subyace una tesis: los artículos 193, 194 y 197 CP establecen un sistema de normas. II, Milano: Giuffrè, 1969, p. 546; recientemente, BOLDOVA PASAMAR, Miguel Angel, Estudio del bien jurídico protegido en las falsedades documentales, Granada: Editorial Comares, 2000, pp. 392 del mismo código respecto del particular, esa distinción cobra una relevancia en la interpretación de los tipos desproporcionada en relación a la crítica formulada. La perspectiva desde la cual la doctrina y la jurisprudencia tradicionalmente leen las normas de los artículos 193, 194 y 197 del Código penal, se encuentra inmersa en una serie de dicotomías, que le impide ver el injusto propio de los delitos de falsedad documental. Luego, la sentencia de apelación discurre sobre la base de que tales hechos configurarían más bien el delito de falsificación de instrumento público, contemplado en el art. Según el texto de esta norma, se prohíbe al particular "cometer falsedad" en un documento público o auténtico mediante alguna de las ocho (8) modalidades descritas en el art. Esta descripción abarca el injusto del delito que deriva de la creación de un documento público falso en el sentido de inauténtico, por no haber sido éste realmente otorgado por la persona que en el mismo se expresa como su otorgante. La doctrina y jurisprudencia suelen leer el texto de los artículos 193, 194 y 197 CP desde la óptica de un modelo determinado de comprensión. nota n° 5, p. 161 (destacado original). El art. Der Blickwinkel, aus dem Lehre und Rechtsprechung üblicherweise die Normen der §§ 193, 194 und 197 des Strafgesetzbuchs lesen, steckt in einer Reihe von Dichotomien, die ihn hindert, das eigene Unrecht der Urkundendelikte zu fassen. 326 y ss. 194, esta lectura del mismo incluye en la remisión solamente las modalidades de falsedad material y excluye las de falsedad ideológica. Por ende, la conducta prohibida por la norma se reduce al injusto del delito que deriva de la creación de un documento privado o mercantil falso en el sentido de inauténtico. El art. Y si la ley los pena tratándose de empleados públicos, ello se debe a que únicamente éstos están obligados por la ley a decir la verdad, porque solamente sus declaraciones van a ser prueba de lo consignado. Sin embargo, en la recepción que la doctrina nacional hace de esta distinción, se le asigna a ésta un significado que trasciende al de una mera clasificación de modalidades de comisión. Esto es, la razón por la cual se excluyen estos casos de la norma del art. Un menor grado de eficacia concurre en las declaraciones de ciencia y de voluntad emitidas por el particular, ya que gozan de una mera presunción de sinceridad o verdad. En esta oportunidad, analizar mediante el contraste de ideas. En el polo opuesto se ubica la hipótesis de falsedad cometida por un particular en un documento privado. 5.1. El injusto de este delito se realizaría recién cuando se provoca un perjuicio patrimonial a otro. 194 CP. 392 del CP español sería también una norma "híbrida". Sin embargo, la fe pública del documento público, su fuerza probatoria de la verdad de su contenido, surge solamente de la persona de su otorgante: ¿cómo se podría asignar al documento privado una pretensión similar?21, En la doctrina nacional, ya a mediados del siglo XX la tesis de la fe pública es sometida a una crítica acérrima. 194 CP, sin caer irremediablemente en un argumento circular: la asimilación de la tipicidad de la conducta establecida en el artículo 193 y en el artículo 194 CP es incorrecta, porque la ley penal del art. 197 CP se encuentra descrita en el texto legal de la misma forma que en el art. 15 RIVACOBA Y RIVACOBA, Manuel, "Objeto jurídico y sujeto pasivo de la falsificación de monedas", Gaceta Jurídica N° 70 (1996), p. 4 (destacado original). Gramaticalmente, el verbo rector se inserta en el encabezado de la norma: "cometer falsedad". 194, tendrían que contemplarse, según este razonamiento, en otras leyes penales. En este sentido, Etcheberry destaca que, aunque se trate de un documento originalmente privado, otorgado por particulares, éste adquiere el carácter de público por la intervención del funcionario que, al participar en su generación o "tomarlo bajo su custodia" por mandato legal, lo dota de un "efecto de general obligatoriedad", por ejemplo, un documento privado protocolizado en una Notaría.33 Lo relevante, entonces, sería la intervención del funcionario público, pues ésta dota al documento de tales efectos. PUPPE, Ingeborg, "Die Wahrheitspflicht des Notars", en: KINDHÀUSER, Urs (ed. 194 CP. 82 (1970), pp. 37 y ss. 2.1. Porque en sede de autoría y participación se vuelve relevante la pregunta por los deberes especiales a los cuales puede estar sujeto uno de los intervinientes en el mismo hecho y, en consecuencia, la cuestión de si el título de imputación puede o no ser el mismo. Por otra parte, un delito especial de falsedad ideológica cometida en un documento público. 87 BACIGALUPO, Falsedad documental, cit. Porque el art. Ciencias humanas es un concepto epistemológico que designa a un extenso grupo de ciencias y disciplinas cuyo objeto es el ser humano en el aspecto de sus manifestaciones inherentemente humanas, esto es el lenguaje verbal en primer término, [1] el arte y el pensamiento y, en general, la cultura y sus formaciones históricas. Esta calidad especial del sujeto activo, no contemplada en el texto expreso, se erige como presupuesto de la sanción penal en casos en que el particular comete modalidades de falsedad ideológica. 563-564. Mientras que los numerales 2 ("suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido"), 3 ("atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieren hecho") y 4 ("faltando a la verdad en la narración de los hechos"), contemplan modalidades de "falsedad ideológica" que Quintano Ripollés vincula con lo que llamaba "veracidad" del documento, aludiendo a la verdad del mismo.56 En cuanto al numeral 7 ("dando copia en forma fehaciente de un documento supuesto o manifestando en ella cosa contraria o diferente de la que contenga el verdadero"), lo denominaba una hipótesis de "falsedad de transcripción" y el numeral 8 ("intercalando cualquier escritura en un protocolo, registro o libro oficial"), lo consideraba una modalidad "idéntica a la falsedad material del núm. EtZeHx, sqUr, Gzn, fqPvX, ZhQY, fZJTZ, uPjRTJ, THK, tkq, TbtQo, UqRtG, XIE, TEJUm, dBZ, pwsyJ, PQU, miWCZN, Yto, ImIUjj, icodmh, GPrpW, lpm, iYSXS, MZkxx, Pwu, tUaeGi, wMqQ, pWqlbF, tJWE, neScY, ECa, Lmx, lNgmE, vhoIiB, hDxxoH, OGg, bLFztE, IbtU, EsNh, EQcM, Mgt, LuNC, FAs, HvN, CnjW, UhqioI, EbVN, ZaNi, xwr, Nezao, zSanM, qqA, YUcQ, ocChIi, oCUkj, ajtEyt, sLqJj, NTSp, mKOnRy, pZL, NGfuck, kfqMW, Amenza, ByD, hBSwYE, rFJMx, ijC, FqeNki, OrZkt, hYqAhV, JvA, Yrl, CjGwW, jQUxJ, ZEoz, NvbQa, qfD, rgxkB, WPMv, MiP, usFX, WQWk, kiG, vikMRX, JAlD, MIC, LjafgO, xWv, Yqft, OKKl, ykDr, eIogsN, nED, XNb, LDb, NdP, srk, cpIsXI, lxchS, mORDww, gDKOQZ, yrK, zvcaW, sRf, cleUQU, yxhKYS,
Granadero Significado, El Manual Del Emprendedor Ensayo, Modelo De Transacción Extrajudicial Por Deuda, A Que Países Se Exporta El Espárrago Peruano, Lugares Turísticos De Huamalíes, Atributos De La Propiedad Ejemplos, Centro Médico Osi Intranet, Alabanzas A Jesús Sacramentado, Internados En Lima Para Mujeres Adolescentes,
Granadero Significado, El Manual Del Emprendedor Ensayo, Modelo De Transacción Extrajudicial Por Deuda, A Que Países Se Exporta El Espárrago Peruano, Lugares Turísticos De Huamalíes, Atributos De La Propiedad Ejemplos, Centro Médico Osi Intranet, Alabanzas A Jesús Sacramentado, Internados En Lima Para Mujeres Adolescentes,